D. LEY 18269

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto Ley siguiente.

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO CONSIDERANDO:

Que, los grados de Doctor en Ciencias Económicas, Políticas, Administrativas o Comerciales son Títulos Académicos, mas no profesionales:

Que, actualmente las Universidades del país conducen Programas Académicos adecuados para otorgar el Título Profesional de Economista, por lo que es conveniente derogar las disposiciones legales que permiten ejercer la profesión de Economista a quienes sólo ostentan Grado de Doctor sin tener el Título Profesional respectivo:

En uso de las facultades de que está investido; y con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros:

Ha dado el Decreto Ley siguiente:

Artículo Único: Deróguese el inciso b) del Artículo 2º de la Ley Nº 15488 respetando los derechos adquiridos por los graduando que a la fecha ejercen la profesión de Economista y se encuentren colegiados.

Dado en la Casa de Gobierno en Lima, a los doce días del mes de mayo de mi novecientos setenta.

General de División EP Juan Velasco Alvarado, Presidente de la República.
Vice Almirante AP Manuel Fernández Castro, Ministro de Marina y Encargado de la Cartera de Guerra.
Gral. División EP Edgardo Mercado Jarrón, Ministro de RR.EE. y Encargado de la Cartera de Aeronáutica.
Tnte, Gral. EP Jorge Chamot Biggs, Ministro de Trabajo.
Gral. Brigada EP Armando Artola Azcárate, Ministro del Interior.
Gral. Brigada EP Alfredo Arrisueño Cornejo, Ministro de Educación.
Contralmirante AP Jorge Dellepiani Ocampo, Ministro de Industria y Comercio.
Contralmirante AP Luis Vargas Caballero, Ministro de Vivienda y Encargado de la Cartera de Salud.
Gral. Brigada EP Francisco Morales Bermúdez Cerruti, Ministro de Economía y Finanzas.
Gral. Brigada EP, Jorge Barandiarán Pagador, Ministro de Agricultura.
Gral. Brigada EP, Aníbal Meza Cuadra Cárdenas, Ministro de Transportes y Comunicaciones.
Gral. de Brigada EP Jorge Fernández Maldonado Solari, Ministro de Energía y Minas.

Derogan la disposición que permite ejercer profesión de economista sin tener título profesional respectivo.

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